Denuncia
¿Qué es una denuncia?
Explicado por nuestros Abogados Penalistas Barcelona
Una denuncia es una declaración ante la Policía, el ministerio fiscal o la autoridad judicial, en la que se expone el conocimiento de un hecho delictivo.
Es importante destacar que presentar una denuncia no otorga la condición de parte en el proceso judicial. Si el denunciante quisiera ser parte de la acción penal como perjudicado por el delito, tendrá que presentar una querella. Si no lo hace, el denunciante carecerá del derecho de reclamar justicia durante la tramitación de la causa o realizar cualquier petición concreta.
¿Cómo se presenta una denuncia de un delito?
La denuncia se puede presentar de forma escrita o verbal ante la Policía, el ministerio fiscal o la autoridad judicial. En el primer caso, bastará con que el relato de los hechos sea claro y preciso, la denuncia se firmará por el denunciante y por la autoridad o funcionario que la reciba, quién sellará todas las hojas. En el segundo caso, la autoridad o funcionario transcribirá los hechos denunciados de la denuncia verbal y después se firmará por ambas partes. En ambos casos, el denunciante puede solicitar una copia de la denuncia.
¿Quién está obligado a presentar una denuncia y qué excepciones existen?
Están obligados a denunciar:
Un particular que presencia la comisión de un delito. Si el particular no cumpliera con el deber de denunciar se le sancionará con una multa.
Un particular que no ha presenciado la comisión de un delito, pero llega a su conocimiento por otra vía. En este caso, el incumplimiento del deber no acarreará ninguna consecuencia negativa.
Profesionales que por su cargo, profesión u oficio tengan conocimiento de la comisión de un delito público. El incumplimiento se sancionará con una multa. En el caso de funcionarios públicos, el incumplimiento se sancionará como una indisciplina administrativa.
No tienen obligación de denunciar:
Menores de 14 años
Personas que no tengan pleno uso de razón, siempre que exista una sentencia firme que así lo declarare.
Los abogados y procuradores respecto de las instrucciones o explicaciones que recibieron de sus clientes.
Los eclesiásticos u otros oficiantes de todas las religiones, a quienes su propio culto les impone la obligación de guardar secreto de las confesiones de sus feligreses.
También estarán exentos de denunciar los cónyuges, ascendientes o descendientes, siempre que no se trate de un delito contra la vida, homicidio, lesiones, maltrato habitual, de un delito contra la libertad o contra la libertad e indemnidad sexual o de un delito de trata de seres humanos y la víctima del delito sea una persona menor de edad o una persona con discapacidad necesitada de especial protección. En todos estos casos la dispensa de la obligación de denunciar no será aplicable.
El cónyuge del delincuente, no separado legalmente o de hecho o la persona que conviva con él en análoga relación de afectividad.
Los ascendientes y descendientes, del delincuente y sus parientes colaterales hasta el segundo grado inclusive.
¿Cuál es la multa por no presentar la denuncia?
En el caso de particulares, la multa por no presentar una denuncia del conocimiento de un hecho delictivo ante la autoridad competente es de 0,15 a 1,50 euros, según indica el artículo 259 de la ley de enjuiciamiento criminal.
En el caso de funcionarios públicos, el incumplimiento se sancionará como una indisciplina administrativa.
Por otro lado, y más importante, estas multas no descartan otras responsabilidades penales o indemnizaciones que pudieran derivar del acto omitido.
Nuestra recomendación como abogados penalistas en Barcelona, es formalizar la denuncia con el asesoramiento de un abogado, quien velará por sus intereses.