Homicidio y Asesinato

Abogados Penalistas en Delito de Homicidio y Asesinato

Índice de Contenidos  

El delito de homicidio y asesinato

Abogados Homicidio y Asesinato en Barcelona

¿Qué es el delito de homicidio?

El homicidio consiste en matar a otra persona, ya sea como consecuencia de una actitud violenta por parte del responsable, o por omisión.

La consumación se produce en el momento en el que se priva el derecho a la vida a la otra persona, aunque este delito también puede ser castigado en grado de tentativa.

El tipo básico conlleva una pena de diez a quince años de prisión. Sin embargo, según quién sea el sujeto pasivo, este delito puede agravarse:

Marco Esteban. Abogado especialista en homicidios
  • Si el sujeto pasivo es el Rey o Reina, así como el Príncipe o la Princesa de Asturias, la pena será prisión permanente revisable.
  • Si la víctima es un descendiente de la Familia Real o de la Regencia, la pena impuesta será de veinte a veinticinco años de prisión.

Homicidio código penal

Los delitos de homicidio y asesinato son delitos contra la vida tipificados en los artículos 138 a 142 del Código Penal. Es uno de los delitos más graves que existen, puesto que el bien jurídico protegido es la propia vida humana.

  • Artículo 138 CP: Homicidio doloso
  • Artículo 139 CP: Asesinato
  • Artículo 140 CP: Asesinato con agravantes
  • Artículo 141 CP: Tentativa de homicidio y asesinato
  • Artículo 142 CP: Homicidio imprudente

Homicidio doloso

Explicado por nuestros Abogados especialistas en Homicidios y Asesinatos

¿Qué es el homicidio doloso?

Para entender este delito es fundamental comprender qué entiende la jurisprudencia por dolo. El dolo del homicidio es el conocimiento por parte del autor de que la acción que realiza sobre otra persona es capaz de causarle la muerte y la intención de hacerlo.

Para determinar esta actitud dolosa, la jurisprudencia establece que simplemente es necesario que el sujeto activo sea consciente de que está realizando una acción que provoca un peligro a la víctima.

Las modalidades dolosas posibles en el delito de homicidio son las siguientes:

  • Dolo directo: cuando la voluntad del autor se dirige al resultado propuesto (primer grado), incluidas las consecuencias necesariamente ligadas al mismo (segundo grado).

  • Dolo eventual: el autor, aunque no quiere directamente el daño, es consciente del mismo, cuenta con su posibilidad y asume sus efectos, sin renunciar a sus planes criminales.

Homicidio doloso pena

El homicidio doloso conlleva una pena de diez a quince años de prisión, pero puede ser agravado en determinadas circunstancias:

  • Cuando la víctima es menor de dieciséis años, o una persona especialmente vulnerable por su edad, enfermedad o cualquier otra circunstancia.
  • Cuando el delito es llevado a cabo por una persona que pertenece a una organización o grupo criminal.
  • Cuando el responsable lleve a cabo el homicidio después de haber cometido un delito contra la libertad sexual de la víctima.
  • Si los hechos son, además, constitutivos de un delito de atentado contra la autoridad, sus agentes o funcionarios públicos.

En estos supuestos, la pena impuesta será prisión permanente revisable.

Mi recomendación como abogado especialista en homicidios es contar con un abogado penalista con amplia experiencia en delitos de homicidio desde las primeras fases del procedimiento.

El diseño de una estrategia legal de defensa sólida desde el inicio, es determinante para la resolución favorable de este tipo de casos.

Homicidio doloso código penal

El homicidio doloso está tipificado en el artículo 138 del Código Penal.

ARTÍCULO 138

  1. El que matare a otro será castigado, como reo de homicidio, con la pena de prisión de diez a quince años.
  2. Los hechos serán castigados con la pena superior en grado en los siguientes casos:

    a) cuando concurra en su comisión alguna de las circunstancias del apartado 1 del artículo 140, o

    b) cuando los hechos sean además constitutivos de un delito de atentado del artículo 550.

Homicidio Imprudente

Bufete de Abogados especialistas en Homicidios y Asesinatos

¿Qué es el homicidio imprudente?

El homicidio imprudente es una conducta más leve que el doloso, a pesar de la gravedad propia del delito.

En el homicidio imprudente, el autor crea un peligro sobre la víctima al no adoptar las medidas de seguridad imprescindibles para evitar el resultado de muerte de la misma, pero no tiene la intención de matar.

Se puede producir en ámbitos tan diferentes como: en el desempeño de la profesión médica, en el uso de armas por Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, en el tráfico o la vigilancia del mismo, en los riesgos laborales de la construcción, en la vigilancia de ascendientes y descendientes, o bien la infracción del deber general de cuidado producida ante comportamientos violentos creados por el propio sujeto o de cualquier otro tipo.

Se distingue entre homicidio por imprudencia grave o menos grave. Para entender la diferencia entre ambos delitos debemos atender a lo que dice la jurisprudencia.

Homicidio por imprudencia grave

Según la jurisprudencia, el homicidio por imprudencia grave se caracteriza por la inobservancia de la más elemental prudencia, de las más elementales normas de precaución y cuidado, el total desprecio de los más elementales deberes de cautela, fácilmente previsibles para la persona mínimamente prudente, por el olvido absoluto de los más elementales deberes de prudencia exigibles en los comportamientos humanos a la persona menos cuidadosa.

No existe un criterio legal para determinar la gravedad de la imprudencia, por lo cual esta circunstancia queda a criterio del juez.

Homicidio por imprudencia leve o simple

Por otra parte, la imprudencia leve o simple se caracteriza por una conducta descuidada, o liviana, suficiente para infringir un deber de cuidado exigible a las personas diligentes, por el olvido de las precauciones en que no hubiera incurrido el hombre medianamente precavido, cauto y previsor.

Homicidio imprudente pena

Homicidio por Imprudencia grave

El homicidio por imprudencia grave conlleva una pena de uno a cuatro años de prisión, aunque dependiendo de la situación, pueden imponerse otras penas:

  • Si para ejecutar el homicidio imprudente se ha utilizado un vehículo de motor o ciclomotor, se impondrá además la privación del derecho a conducir vehículos de motor y ciclomotores de uno a seis años.

  • Si se ha utilizado un arma de fuego, este delito conlleva la privación del derecho a la tenencia de armas de uno a seis años.

Subtipo agravado

También existe un subtipo agravado del homicidio por imprudencia grave que puede imputarse si el hecho delictivo resulta de especial gravedad, en función de la entidad y del riesgo ocasionado, y si se ha provocado la muerte de dos o más personas, o la muerte de una y lesiones constitutivas de delito en la otra. En este subtipo se impondrá una pena superior en un grado.

Subtipo hiperagravado

El subtipo hiperagravado se da cuando el número de fallecidos es muy alto, en cuyo caso la pena será agravada en dos grados.

Homicidio imprudente menos grave

El homicidio imprudente menos grave está castigado con una multa de tres a dieciocho meses, y será imputado cuando el Juez considere que la imprudencia no resulta grave.

  • Si se ha utilizado un vehículo de motor o ciclomotor para cometer el delito, se puede imponer la privación del derecho a conducir vehículos de motor y ciclomotores de tres a dieciocho meses.

  • Si se ha utilizado un arma de fuego, puede atribuirse la privación del derecho a la tenencia de armas de tres a dieciocho meses.

En nuestro despacho de abogados especialistas en Barcelona nos dedicamos en exclusiva al derecho penal. Nos avalan numerosos casos de éxito en los Juzgados Penales de todo el país.

Homicidio por imprudencia profesional

Cuando la causa del homicidio sea una imprudencia profesional, está castigado con la pena correspondiente del delito imprudente y, además, se castigará con una inhabilitación especial para ejercer la profesión, labor o cargo de tres a seis años.

Homicidio preterintencional

Además de los tipos comentados anteriormente, se distingue una conducta llamada homicidio preterintencional que, a pesar de no estar regulado en el Código Penal, es bastante frecuente.

Este tipo se da cuando no es posible considerar el homicidio como doloso o imprudente, es decir, cuando se desconoce la intención última del sujeto activo. O bien, aquellos casos en que el culpable no había tenido intención de causar un mal de tanta gravedad como el que finalmente había producido.

En estos casos, la jurisprudencia establece que se ha de tener en cuenta la actitud dolosa del acusado y el resultado de esta actitud.

Aunque la muerte no fuera el objetivo del autor, sería considerado como homicidio doloso.

Homicidio culposo o involuntario

El homicidio culposo o involuntario es aquel que se da cuando se produce una muerte como resultado mediante una acción que no responda al cuidado objetivamente debido.

Es necesario que el homicidio se haya producido precisamente como consecuencia de la inobservancia (de aquel), o que se realizara una acción desconociendo una cualidad de la misma o de su objeto como consecuencia de la inobservancia del cuidado objetivamente debido (delitos culposos de acción).

Así, el Tribunal Supremo de lo Penal destaca que «cualquiera que cause por imprudencia un hecho, será siempre autor, que la omisión del deber de cuidado, en el delito culposo, se lleva a cabo de un modo estrictamente personal, sin que resulte transmisible la responsabilidad que de ella se deriva a otros ni bajo otras formas participativas (cooperación necesaria, complicidad, etc.) y, menos aún, para que estos la asuman por una vía como la del artículo 11 del Código Penal, que requiere el conocimiento de la infracción que se está cometiendo por aquel sobre quien recae el deber de garante, para proceder a su evitación, de modo que de no haberse producido esta, la omisión equivalga a la causación del resultado».

El homicidio culposo suele darse en las siguientes situaciones:

  • Accidentes de vehículos
  • Negligencias médicas
  • Abusos o negligencias en el cuidado de personas

Si el motivo del homicidio culposo fuera por una negligencia, se le conoce también como homicidio negligente. Por ejemplo, si una persona muere por un accidente de trabajo debido a la falta de seguridad por parte de la empresa, o si un enfermo muriera por una negligencia médica en el hospital.

Tentativa de homicidio

¿Qué es el homicidio en grado de tentativa?

El homicidio en grado de tentativa consiste en que el autor comienza la ejecución del delito, en este caso, el inicio de la acción de matar, sin que se produzca el resultado, por causas ajenas a su voluntad.

Para ser condenado en grado de tentativa, el tribunal valorará los siguientes aspectos, que también sirven para diferenciarlo del delito de lesiones:

  • Relación entre acusado y víctima.
  • El momento elegido para cometer el delito.
  • Los antecedentes y el contexto del suceso.
  • Los medios o armas utilizadas.
  • Las lesiones y daños provocados, así como la zona del cuerpo atacada.
  • La intensidad del ataque.
  • El estado de salud de la víctima una vez finalizada la agresión.

La valoración de estos elementos dará como resultado la tipificación de la tentativa de homicidio, en acabada o inacabada. El tribunal rebajará la pena en un grado en caso de tentativa acabada o gran desarrollo de la ejecución, y dos en los supuestos de tentativa inacabada o inidónea, y cuando la actividad desplegada por el delincuente no revela gran energía criminal.

Somos especialistas en Derecho penal en Barcelona, con un profundo conocimiento de la Ley y la jurisprudencia de los tribunales, le asistiremos para salvaguardar sus derechos y conseguiremos la mejor resolución para su caso.

Código penal tentativa de homicidio

La tentativa de homicidio está tipificada en el artículo 141 del Código Penal.

ARTÍCULO 141

La provocación, la conspiración y la proposición para cometer los delitos previstos en los tres Artículos precedentes, será castigada con la pena inferior en uno o dos grados a la señalada en su caso en los Artículos anteriores.

Tentativa de homicidio pena

La pena que se aplica para este delito es la pena inferior en uno o dos grados a la señalada en el delito correspondiente.

Desistimiento en el delito de homicidio

El desistimiento es una forma imperfecta de este delito. Este se produce cuando el sujeto activo desiste o evita, voluntariamente, la consumación del delito.

Según el artículo 16 del Código Penal, esta conducta de desistimiento exime la responsabilidad penal del delito intentado.

Prescripción del delito de homicidio

El delito de homicidio prescribe a los quince años después de haber sido consumado.

En el caso de la tentativa de homicidio, si la víctima fuera menor de edad, el plazo comenzaría desde la mayoría de edad de la víctima y, si falleciera antes, desde el momento del fallecimiento.

Prescripción de la pena de homicidio

La prescripción de la pena correspondiente al delito de homicidio depende directamente del tipo o conducta llevada a cabo:

  • Cuando el homicidio sea penado con quince o más años de prisión, la pena prescribirá a los veinte años.
  • Cuando la pena sea de más de diez y menos de quince años de prisión, como el homicidio doloso, la pena prescribe a los quince años después de la consumación.
  • Si se impone una pena de más de cinco y menos de diez años de prisión, la pena prescribe a los diez años.
  • El homicidio imprudente grave prescribe a los cinco años, ya que no supera los cinco años de prisión.
  • El homicidio imprudente menos grave prescribe también a los cinco años.

¿En qué se diferencia un homicidio de un asesinato?

Somos Abogados Especialistas en Homicidios y Asesinatos

Ambos delitos atentan contra la propia vida humana, y el resultado del delito es el mismo, la muerte de la víctima. Sin embargo, la diferencia principal radica en la intensidad del ataque por parte del sujeto activo, el asesinato es la máxima intensidad del homicidio.

En el asesinato, el autor se ensaña contra la víctima, actuando con una intención puramente criminal. También se trata de asesinato cuando se produce mediante precio o recompensa.

En cuanto al dolo, en ambos está presente, siendo mucho más agresivo y expresivo en el asesinato. La consumación también se da en el mismo momento, la muerte de la víctima.

Para una comprensión más detallada de las distinciones entre estos dos crímenes, le invitamos a consultar nuestro artículo «Diferencia entre Homicidio y Asesinato», donde abordamos este tema con mayor profundidad.

Si necesita asistencia jurídico penal por un delito de Homicidio, póngase en contacto con los mejores abogados penalistas en Barcelona.

Jurisprudencia

Sentencia AP SO TJ s.100 89/17

«La jurisprudencia ha venido exigiendo para la concurrencia de la alevosía un elemento normativo (comisión de un delito contra las personas), otro instrumental (conducta del agente dirigida a asegurar el resultado sin riesgo propio) y un elemento culpabilístico (ánimo de conseguir el resultado sin ofrecer a la víctima posibilidad de defensa, sea creando una situación que lo posibilite, sea aprovechando la preexistente). Para que se considere concurrente la alevosía es necesario que se constate la presencia de unos requisitos objetivos y subjetivos que sirvan para reflejar la mayor antijuridicidad y culpabilidad del agente que justifican la agravación de la conducta de éste y, en su caso, su conversión en un tipo penal distinto y mayor entidad penal como lo es el asesinato respecto al homicidio.[…]

«Como decíamos recientemente en nuestra STS 477/2017 de 26 de junio : el artículo 139.3º del Código Penal se refiere al ensañamiento como agravante específica del asesinato con la expresión «aumentando deliberada e inhumanamente el dolor del ofendido». Por su parte, el artículo 22.5ª, sin utilizar el término, considera circunstancia agravante genérica «aumentar deliberada e inhumanamente el sufrimiento de la víctima, causando a ésta padecimientos innecesarios para la ejecución del delito». En ambos casos se hace referencia a una forma de actuar en la que el autor, en el curso de la ejecución del hecho, además de perseguir el resultado propio del delito, en el asesinato la muerte de la víctima, causa, de forma deliberada, otros males que aumentan su dolor más allá del que acompaña necesariamente a la propia muerte violenta.[…]