DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD VIAL
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Abogado delito seguridad vial
Esteban Abogados Penalistas
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Delitos contra la Seguridad Vial
Los delitos contra la seguridad vial, denominados comúnmente delitos de tráfico, están regulados en el código Penal, Título XVII, Capítulos IV, artículos 379 a 385.ter
Los delitos que están regulados en estos capítulos son:
Alcoholemia
El delito de alcoholemia es un delito contra la seguridad vial regulado por el artículo 379 del Código Penal.
Si la tasa de alcohol en aire espirado es superior a 0,6mg/l, o 1,2 gramos por litro en sangre, se considera una infracción grave penada con la retirada del carnet de conducir entre uno y cuatro años, además de una de las siguientes penas:
- Pena de prisión de 3 a 6 meses
- Una multa diaria de 6 a 12 meses, cuyo importe dependerá de la capacidad económica del infractor
- Trabajos en beneficio de la comunidad durante de 31 a 90 días
Conducción bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas
Conducir un vehículo a motor o ciclomotor bajo la influencia de drogas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas comporta las mismas penas. Negarse a realizar las pruebas legalmente establecidas es un delito como veremos más adelante.
Exceso de velocidad
El delito de exceso de velocidad está tipificado en el artículo 379 del Código Penal, dentro de los delitos contra la seguridad vial. Consiste en conducir un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en 60km/h a la permitida en vías urbanas, o superior a 80 km/h a la permitida en vías interurbanas.
Está castigado con las mismas penas que conducir un vehículo a motor bajo los efectos del alcohol.
Conducción Temeraria
El delito de conducir un vehículo a motor o ciclomotor con temeridad manifiesta, también conocido como conducción temeraria, está regulado por el artículo 380 del Código Penal, en el Título XVII, Capítulos IV, de los delitos contra la seguridad vial.
Las penas para este delito van desde prisión de seis meses hasta los 2 años de cárcel si se pone en peligro la vida o la integridad de las personas, pudiendo agravarse hasta los 5 años de cárcel si se manifiesta, además de una actitud temeraria, un manifiesto desprecio por la vida de los demás.
Si se cumplen las conductas anteriormente mencionadas y además, se producen daños físicos a otras personas, la conducción temeraria puede conllevar penas de otros delitos. En este caso, se aplicará la infracción más gravemente penada, imponiendo las penas en su mitad superior y la compensación de los daños causados, además de la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a 1 año e inferior a 10.
Abandono del lugar del accidente
Este delito contra la seguridad vial engloba a todos aquellos conductores de vehículos de motor o ciclomotores que, tras causar un accidente en el que fallecieran una o más personas, o existan lesiones a terceros, abandonen el lugar el incidente.
Las penas dependerán de si el accidente fue causado por una acción imprudente del conductor, en cuyo caso, la condena será de 6 meses a 4 años de cárcel y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a 1 año e inferior a 4 años. O si el accidente fuera causado de manera fortuita en cuyo caso la pena impuesta será de tres a seis meses de prisión, así como la privación del derecho a conducir de seis meses a dos años.
Negativa a pruebas de alcoholemia o drogas
Negarse a realizar una prueba de alcoholemia o drogas tóxicas estupefacientes sustancias psicotrópicas es un delito contra la seguridad vial, regulado por el artículo 383 del Código Penal y castigado con pena de prisión de seis meses a un año y la retirada del permiso o licencia de conducción de 1 a 4 años.
Conducción sin permiso
Conducir vehículos a motor sin haber obtenido nunca el carnet de conducir, habiendo perdido todos los puntos, o si se le ha retirado por decisión judicial, está castigado con una de las siguientes penas: prisión de tres a seis meses, o multa de 12 a 24 meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.
Se impondrá una sanción administrativa en los siguientes casos: conducir con el carnet caducado, o conducir con licencia inferior a la requerida para el tipo de vehículo.
Originar un grave riesgo para la circulación
Delitos contra la seguridad del trafico
Este es uno de los delitos contra la seguridad vial menos conocidos de la ley. El código penal en su artículo 385 castiga a aquellos que originan un grave riesgo para la circulación colocando en la vía obstáculos imprevisibles, derramando sustancias deslizantes o inflamables, cambiando, sustrayendo o anulando la señalización y no restableciendo la seguridad de la vía, cuando haya obligación de hacerlo. Los delitos contra la seguridad del tráfico, están castigados con pena de prisión de seis meses a dos años, o multa de 12 a 24 meses, y en cualquier caso, trabajos en beneficio de la comunidad de 10 a 40 días.
Casos de Éxito
Alcoholemia
Resultado: Absolución
Tribunal: Juzgado de lo Penal
Acusación: Ministerio Fiscal
Pena solicitada: 1 año prisión por delito de alcoholemia
Conducción sin Permiso
Resultado: Absolución
Tribunal: Juzgado de lo Penal
Acusación: Ministerio Fiscal
Pena solicitada: 1 año de prisión por delito de conducción sin permiso
Negativa a las pruebas
Resultado: Absolución
Tribunal: Juzgado de lo Penal
Acusación: Ministerio Fiscal
Pena solicitada: 1 año y medio de prisión por delito de negativa a someterse a las pruebas de alcoholemia
Exceso de Velocidad
Resultado: Sobreseimiento
Tribunal: Juzgado de Instrucción
Denunciante: Policía
Imputación: Delito de exceso de velocidad
Conducción Temeraria
Resultado: Absolución
Tribunal: Juzgado de lo Penal
Acusación: Ministerio Fiscal
Pena solicitada: 3 años de prisión por delito de conducción temeraria
Alcoholemia
Resultado: Absolución
Tribunal: Juzgado Penal
Acusación: Ministerio Fiscal
Pena solicitada: Multa y retirada de carnet por delito de alcoholemia