Mejores Abogados Penalistas en Badalona

Somos un despacho de expertos abogados penalistas en Badalona con dedicación exclusiva al derecho penal y actuación en toda la provincia de Barcelona. El despacho está dirigido por Marco Esteban, Abogado Penalista y Master en Derecho Penal, con una exitosa trayectoria profesional en la defensa de procedimientos penales

Especialidades en Derecho Penal en Badalona

Somos una firma altamente especializada en defensa penal. Contamos con una dilatada experiencia en la resolución de procesos en las diferentes instancias de la jurisdicción penal.
 
Proporcionamos a nuestros clientes un trato amable, cercano y personalizado. Nos desvivimos por nuestros clientes y los defendemos ante cualquier problema criminal que tengan.
 
Nuestra especialidad son los delitos de tipo penal.  Algunos ejemplos serían: Amenazas, Robo, Estafa,  Delitos Sexuales, Delitos Económicos, Delitos Societarios, Delitos  contra Seguridad Vial, Delitos Informáticos, Violencia de Género o  Delitos contra las Personas, entre otros.

Abogados Penales expertos en Badalona

La justicia penal en la ciudad de Badalona se compone de:
5 Juzgados de Instrucción
1 Juzgado de Violencia sobre la Mujer
1 Juzgado de Guardia
1 Ministerio Fiscal
 
Los Juzgados Penales de Badalona están ubicados en Carrer d’En Prim, 32 (Badalona).
 
Las causas penales que  se instruyen en los Juzgados de Instrucción de Badalona son enjuiciadas  en los Juzgados Penales de Barcelona y en la Audiencia Provincial de  Barcelona.
 
Los recursos de apelación se resuelven en la Audiencia Provincial de Barcelona y en el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya.
 
Esteban Abogados Penalistas. Abogados Penalistas Badalona. Expertos en Derecho Penal.

Algunos datos de la ciudad de Badalona

Badalona es una ciudad y municipio de la comarca del Barcelonés, en la provincia de Barcelona, Cataluña, España. Situada en la costa del mar Mediterráneo, ocupa parcialmente el delta del Besós y los contrafuertes de la Sierra de la Marina.
 
Badalona es una ciudad de mar y de montaña y disfruta de un clima mediterráneo subhúmedo, es decir, suave, con veranos húmedos y cálidos, además de un periodo más fresco, con un invierno moderadamente suave.
 
Consta de 35 barros y están agrupados en 6 distritos diferentes.
 
Su población total es de 223.166 habitantes y tiene una densidad de población de 10303,01 hab/km2
 
La superficie total de la ciudad es de 21,17 Km2
 
Los códigos postales que tiene son: 08910-08918.
 
Puedes consultar más detalles en la web del Ayuntamiento de Badalona

Puntos destacados de Badalona

A continuación le dejamos algunos de los puntos más interesantes de la ciudad para visitar:
 

Abogados Penales Expertos en Badalona

El recurso de casación por la vía del art. 849.1 LECr

Sentencia TS Penal 766/17

«Es jurisprudencia reiteradísima de esta Sala que excusa su cita, que el recurso de casación cuando se articula por la vía del art. 849.1 LECr . ha de partir de las precisiones fácticas que haya establecido el Tribunal de instancia, por no constituir una apelación ni una revisión de la prueba. Se trata de un recurso de carácter sustantivo penal cuyo objeto exclusivo es el enfoque jurídico que a unos hechos dados, ya inalterables, se pretende aplicar, en discordancia con el Tribunal sentenciador. La técnica de la casación penal exige que en los recursos de esta naturaleza se guarde el más absoluto respeto a los hechos que se declaren probados en la sentencia recurrida, ya que el ámbito propio de este recurso queda limitado al control de la juridicidad, o sea, que lo único que en él se puede discutir es si la subsunción que de los hechos hubiese hecho el Tribunal de instancia en el precepto penal de derecho sustantivo aplicado es o no correcta jurídicamente, de modo que la tesis del recurrente no puede salirse del contenido del hecho probado. Por ello, con harta reiteración en la práctica procesal, al hacer uso del recurso de casación basado en el art. 849.1 LECr se manifiesta el vicio o corruptela de no respetar el recurrente los hechos probados, proclamados por la convicción psicológica de la Sala de instancia, interpretando soberana y jurisdiccionalmente las pruebas, más que modificándolos radicalmente en su integridad, alterando su contenido parcialmente, lo condicionan o desvían su recto sentido con hermenéutica subjetiva e interesada, o interpolarse frases, alterando, modificando, sumando o restando a la narración fáctica extremos que no contiene o expresan intenciones inexistentes o deducen consecuencias que de consuno tratan de desvirtuar la premisa mayor o fundamental de la resolución que ha de calificarse técnicamente en su tipicidad o atipicidad y que necesita de la indudable sumisión de las partes. En definitiva no puede darse una versión de los hechos en abierta discordancia e incongruencia con lo afirmado en los mismos, olvidando que los motivos acogidos al art. 849.1 LECr .»